N° SENTENCIA:
073
N° EXPEDIENTE:
18-371
PUBLICACIÓN: 30/06/2022
EXTRACTO:
Mediante Sentencia N° 073
del 30
de junio de 2022, dictada por la Sala de Casación Social, con ponencia del
Magistrado Carlos Alexis
Castillo Ascanio, declaró que se violó el principio de motivación que debe contener todo acto
administrativo, así como la debida proporcionalidad de la sanción
en los términos
siguientes; entre otros:
“Siendo así, concluye
esta Sala de Casación Social, que tal y como fue delatado por la empresa
recurrente, la GERESAT-ARAGUA no aplicó debidamente la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, y con ello, incumplió el
procedimiento legal establecido para determinar el número de trabajadores
expuestos, decretando de manera errónea, como en efecto lo hizo, que los
trabajadores expuestos eran los señalados.
En atención a los
anteriores razonamientos, considera la Sala, que la Providencia Administrativa
impugnada no cumple con lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT), a los efectos de
establecer el número de trabajadores en riesgo por el supuesto incumplimiento,
violando así el principio de motivación que debe contener todo acto
administrativo, así como la debida proporcionalidad de la sanción, ya que la
función de la Administración Pública más que punitiva debe ser correctiva;
razón por la cual concluye la Sala, que la Providencia Administrativa recurrida
está viciada de nulidad, por lo que se considera innecesario analizar los demás
vicios alegados por la parte recurrente y en consecuencia, la sentencia
consultada se encuentra ajustada a derecho. Así se declara.
Ahora bien, de
conformidad con las argumentaciones precedentes deviene para esta Sala,
confirmar la decisión sometida a consulta. Así se declara.”
Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/junio/317657-073-30622-2022-18-371.HTML
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