N° SENTENCIA: 00212
N° EXPEDIENTE: 2017-0521
PUBLICACIÓN: 07/07/2022
EXTRACTO:
Mediante Sentencia 00212 del 07 de julio
de 2022, dictada por la Sala Político Administrativa, con ponencia del
Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, declara sin lugar la apelación ejercida y con lugar el
contencioso tributario interpuesto en los
términos siguientes; entre otros:
“Así, esta Máxima
Instancia, es del criterio que, la Juez de la
causa actuó conforme a derecho cuando declaró prescritas
las obligaciones tributarias y sus accesorios contenidas en el mencionado acto administrativo, así como la nulidad de los mismos,
por no evidenciarse en autos que, entre el 22
julio de 2009 (fecha en que fue reiniciado el lapso prescriptivo) de la
Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo, y
el 12 de febrero de 2014, la
Administración Tributaria hubiese notificado oportunamente a la empresa
recurrente de acto alguno que
interrumpiera su curso, conforme lo contempla el artículo
61 eiusdem, por consiguiente, resulta
forzoso para esta Máxima Instancia desestimar el vicio de falso
supuesto de hecho y de derecho, alegado por la representación fiscal, por lo que, se confirma el fallo
apelado. Así se declara.
En
virtud de las consideraciones precedentes, se declara sin lugar el
recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial de la República Bolivariana
de Venezuela y se confirma el fallo recurrido. Así
se decide”.
Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/julio/317771-00212-7722-2022-2017-0521.HTML
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