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Fuente: Presione
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Extracto:
“De lo anterior se colige,
que para acceder a la sede casacional de acuerdo con la referida ley, la
cuantía del juicio deberá exceder a las tres mil unidades tributarias (3.000
U.T.)… el Juzgador correspondiente deberá determinar -con base a los parámetros
anteriormente expuestos- la cuantía exigida para el momento en que fue
presentada la demanda, y en caso que la cuantía exigida sea la establecida en
la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deberá calcularse la unidad
tributaria vigente para el momento en el cual fue interpuesta la referida
demanda.”
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