Consultas

Para consultas o preguntas de carácter tributario, favor utilizar el formulario de contacto.

Novela «Más Allá de la Mente» Autor: Miguel Ángel Moreno Villarroel

Novela «Más Allá de la Mente» Autor: Miguel Ángel Moreno Villarroel
Disponible en Amazon Kindle - Presiona sobre la imagen

Translate This Blog

SCP: Desestima por manifiestamente infundado el Recurso de Casación presentado por no cumplir con los requerimientos señalados en los artículos 451, 454 y 457 todos del Código Orgánico Procesal Penal.

 


N° SENTENCIA: 013

N° EXPEDIENTE: C21-147

PUBLICACIÓN: 17/02/2022

EXTRACTO:

 

Mediante Sentencia N° 013 del 17 de febrero de 2022 dictada por la Sala de Casación Penal con ponencia de la Magistrada Elsa Janeth Gómez Moreno, desestimó por manifiestamente infundado el Recurso de Casación presentado por no cumplir con los requerimientos señalados en los artículos 451, 454 y 457 todos del Código Orgánico Procesal Penal en los términos siguientes:

(…Omissis…)

“La Sala para decidir observa:

 

La denunciante expresa la violación de la ley, por falta de aplicación “…de los artículos 157, en concordancia con lo establecido en el artículo 448 en su segundo aparte y 432 Ejusdem. “Por no haber dado la alzada respuesta a las pretensiones del recurso de apelación”, vulnerando de esta manera lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Estimando que la sentencia recurrida presenta el vicio de inmotivación por no expresar de forma clara, precisa y determinada los fundamentos de hecho y de derecho que tomó en consideración para declarar SIN LUGAR el recurso de apelación de sentencia interpuesto por el Ministerio Público. …”

 

“En este sentido, la Sala ha señalado de manera uniforme, que cuando se denuncia en casación la falta de aplicación de un precepto legal, no basta con enunciar tal vicio, debe establecerse de manera contundente qué parte del precepto no fue aplicado, así como, los fundamentos lógicos en virtud de los cuales se estima que era la disposición legal que correspondía aplicar a la controversia, contrastando tal circunstancia con los preceptos legales efectivamente aplicados en el fallo recurrido, situación que no sucedió en el presente caso”.

 

“Asimismo, observa esta Sala, que la recurrente desatendió los requisitos legales exigidos en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal para la fundamentación de la pretensión casacional, pues se arguye solo de forma genérica que la recurrida adolece del vicio de inmotivación, porque presuntamente el fallo proferido presenta defectos sustanciales en el razonamiento judicial, los cuales fueron resueltos de forma parcial, emitiéndose un pronunciamiento escaso sobre la pretensión omisiva de los pronunciamientos.

En soporte a lo anteriormente expuesto, esta Sala constató que la recurrente no presentó de manera clara y precisa, cuál es el punto o los puntos sometidos a estudio, análisis y consideración de la Corte de Apelaciones mediante el recurso de apelación, dejando en duda a que de lo planteado no se le dio una respuesta motivada.

 

De igual manera es importante señalar que, no es suficiente con manifestar el desacuerdo con la sentencia recurrida, por el contrario, es necesario fundamentar de manera clara y precisa, expresando además, de qué modo se impugna la decisión, tal como lo dispone el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, a saber”.

 

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/febrero/315639-013-17222-2022-C21-147.HTML

No hay comentarios.:

Publicar un comentario