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SCC: Inaplicable Artículo 25 de la CRBV, Cuando las Medidas Cautelares han cumplido con los requisitos de ley

N° SENTENCIA: RC. 000038

N° EXPEDIENTE: 19-425

PUBLICACIÓN: 17/02/2022

EXTRACTO: 

Mediante Sentencia RC. 000038 del 17 de febrero de 2022, dictada por la Sala de Casación Civil, con ponencia del Magistrado Francisco Velázquez Estévez, declaró sin lugar el recurso de casación en los términos siguientes; entre otros:

Ahora bien, establece el artículo 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que será nulo todo acto que menoscabe los derechos garantizados en dicha Constitución y en la ley.

En el caso que nos ocupa, aprecia la Sala que la sentencia de alzada declaró la procedencia de las medidas cautelares solicitadas, una vez analizados los requisitos de procedencia del artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, es decir, se demostró el Fumus Bonis Iuris y el Periculum In Mora. Asimismo, tal y como se configuró en la denuncia anterior, la parte demandada en el procedimiento cautelar no aportó alegato ni elemento alguno que le asistiera  en su alegato en oposición de la medidas, todo lo cual, la decisión del juez de alzada de ratificar las medidas dictadas por el a quo comporta a la protección de los intereses de los accionistas minoritarios.

Razón por la cual, no incurrió el Juez superior en la falta de aplicación del artículo 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/febrero/315624-RC.000038-17222-2022-19-425.HTML

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