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Novela «Más Allá de la Mente» Autor: Miguel Ángel Moreno Villarroel

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SPA: El Poder Judicial venezolano tiene jurisdicción para tramitar y conocer la solicitud de declaración de únicos y universales herederos, aun cuando el domicilio de la interesada, así como del causante (venezolano) al momento de su fallecimiento estaba ubicado en el extranjero.

N° SENTENCIA: 00383

N° EXPEDIENTE: 0212-0131

PUBLICACIÓN: 08/12/2021

EXTRACTO:

 

Mediante sentencia N° 00383 del 8 de diciembre de 2021, la Sala Político-Administrativa con ponencia del Magistrado Marco Antonio Medina Salas declaró que el PODER JUDICIAL VENEZOLANO TIENE JURISDICCIÓN para tramitar y conocer la solicitud de declaración de únicos y universales herederos presentada por la ciudadana María Teresa Quintas Ares. En tal sentido, observó que aun cuando el domicilio de la interesada, así como del causante (venezolano) al momento de su fallecimiento, era la Provincia de Almería España; el requerimiento planteado tiene como objeto la tramitación legal de las Pensiones de Sobreviviente ante organismos venezolanos, lo que evidencia la sumisión tácita de la peticionante a la jurisdicción de los tribunales venezolanos por vinculaciones efectivas con el territorio de la República”.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/Diciembre/315063-00383-81221-2021-2021-0131.HTML

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